Acoso Laboral
La Ley Orgánica del Servicio Público y el Código del Trabajo incluyeron un concepto nuevo e importante dentro de la legislación laboral que debe ser tomado en cuenta por las empresas privadas y las instituciones públicas. A continuación del artículo 46 del Código del Trabajo, y del artículo 24 de la Ley Orgánica del Servicio Público, se incluyó un artículo innumerado con el siguiente texto que define al acoso laboral como: